Provincia de Cádiz

Una juez declara nulo el cese de una funcionaria interina del Servicio Andaluz de Empleo

Una magistrada del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de Cádiz ha declarado la nulidad en el cese de una funcionaria interina del Servicio Andaluz de Empleo, al estimar que su actuación se ha producido en fraude de ley.

La Delegación Territorial de Cádiz de la Consejería de Economía y Conocimiento de la Junta -la administración demanda- sostenía que el nombramiento de dicha funcionaria y de otros 171 interinos más se habría llevado a cabo en el marco de la ejecución de programas temporales financiados por la Unión Europea. Sin embargo, en el juicio no quedó probada la existencia real de dicho programa, y por el contrario sí quedo acreditado que la actuante estuvo realizando en todo momento idénticas funciones que el personal funcionario de carrera.

El fraude de ley reside en que la administración abusa de la figura del "funcionario interino de programas" -ideada para suplir necesidades puntuales y temporales de recursos humanos-, cuando en realidad lo que pretende es reclutar personal para realizar funciones permanentes y duraderas en la organización, eludiendo de este modo el procedimiento de convocatoria de plazas establecido en la legislación vigente.

Como consecuencia, la sentencia condena al Servicio Andaluz de Empleo a readmitir a la demandante (salvo que el puesto esté ocupado por un funcionario permanente) y a abonarle los salarios dejados de percibir desde su cese (en el caso de que el puesto de trabajo siga vacante).

Los abogados de la denunciante, Alicia Barrera y José Luis Sánchez, aseguran que esta resolución -no firme y recurrible en apelación- es "relevante", pues afecta a un numeroso grupo de funcionarios interinos que fueron nombrados por el Servicio Andaluz de Empleo a través de este programa supuestamente como "personal de refuerzo" y cuyos ceses se encuentran en muchos casos judicializados. Pero además, al tratarse de una actuación no poco frecuente por parte de las distintas administraciones, el caso resulta extrapolable a una gran multitud de empleados públicos en todo el territorio nacional.

La resolución judicial debe enmarcarse -según los letrados- en el contexto de la más reciente doctrina emanada por parte del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que en los últimos tiempos, a través de diversas resoluciones, ha venido a insistir en la necesidad de evitar situaciones de discriminación que afecten a los trabajadores públicos de carácter temporal, a fin de evitar la precarización en sus condiciones de trabajo.

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